
Son muchos los requisitos que se necesitan para poder realizar el servicio de taxi en nuestro país. Para que una persona pueda ejercer como taxista, además de contar con la licencia correspondiente de clase A categoría II-a ó II-b, debe cumplir con lo que exigen las autoridades, como tener un botiquín de primeros auxilios en su vehículo.
La Resolución Directoral Nº 367-2010 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), que luego fue modificada por la Nº 1011-2010, especifica cuáles son los diez elementos que debe contener obligatoriamente el botiquín de primeros auxilios de un taxista. A continuación la lista de materiales.
- Una botella de alcohol de 70º de 120 ml.
- Un jabón antiséptico.
- Cinco gasas esterilizadas fraccionadas de 10 x 10 cm.
- Un apósito esterilizado 10 x 10 cm
- Un esparadrapo de 2.5 cm x 5 m.
- Una venda elástica de 4 x 5 yardas.
- Diez bandas adhesivas, conocidas también como curitas.
- Una tijera punta roma de 3 pulgadas.
- Un par de guantes quirúrgicos esterilizados de 7 ½
- Una bolsa de algodón de 50 gr.
Todos estos elementos deben estar en un contenedor transportable, el mismo que debe ser ubicado en un lugar visible, protegido de la luz, calor y humedad. Dentro del contenedor debe figurar el listado de su contenido con sus respectivas fechas de expiración. Cada taxista es responsable de revisar periódicamente estos elementos y reemplazarlos cuando se acaben, hayan caducado o estén deteriorados.
Recuerda que no tener el botiquín o tenerlo incompleto constituye una infracción leve, tipificada con el código S.2 del anexo II del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, lo que se penaliza con una multa del 0,05% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).